martes, 30 de septiembre de 2014

ENVÍO DE ARCHIVOS XML AL SAT A TRAVÉS DE BUZÓN TRIBUTARIO .

ENVÍO DE ARCHIVOS XML AL SAT A TRAVÉS DE BUZÓN TRIBUTARIO

A partir del 1 de Julio de 2014 por disposición fiscal las Personas Morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las Personas Físicas con actividad empresarial están obligadas a llevar contabilidad en medios electrónicos.
El pasado 19 de Agosto el SAT público en su página la Tercera Resolución de Modificaciones a la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus Anexos 3 y 25”.

De donde se desprende la siguiente información:
 1.- Catalogo de cuentas:
Se deberá agrupar de acuerdo al catálogo publicado por el SAT en el Anexo 24, y este deberá ser enviado durante el mes de Octubre de 2014

2.- Balanza de Comprobación:
La cual incluirá los saldos iniciales, movimientos del periodo, saldos finales de todas y cada una de las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados y cuentas de orden, a nivel de cuentas de mayor y subcuentas a primer nivel y deberá ser enviada en los siguientes plazos:
Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre durante el mes de Enero de 2015

3.- Pólizas:
Deberán incluir el detalle por transacción, cuenta, subcuenta y partida. Debe ser posible distinguir los CFDI que soporten la operación, así como identificar los impuestos con las distintas tasas, cuotas y actividades por las cuales no deba pagar el impuesto;  los impuestos acreditables efectivamente pagados y los impuestos trasladados efectivamente cobrados. En operaciones relacionadas con terceros deberá incluirse el RFC del mismo.

El catálogo de cuentas, la balanza de comprobación, las pólizas contables y los auxiliares  deberán ser enviados al SAT en formato XML  y encriptados en ZIP por medio   del Buzón Tributario de cada contribuyente, el cual deberá ser activado previamente.

Para poder cumplir correctamente con las disposiciones fiscales la página del SAT pone a disposición  los XML de cada contribuyente, tanto los emitidos como los recibidos en la siguiente ruta:

Tramites
Factura Electronica
Consultar, Cancelar y Recuperar

C.P. Rosario Crisóstomo Ventura

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