jueves, 5 de febrero de 2015




Pasos para realizar el trámite
1. Ingresa a la sección Trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, y da clic en iniciar sesión.

2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicios por internet: Servicio o solicitud: Solicitud.

3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico e ingresa archivos con los documentos escaneados.

4. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.


Disposiciones jurídicas aplicables


Artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación; regla 2.8.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 y Noveno Resolutivo de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014.​



Esta información se podrá consultar en la página del SAT en cual agregamos el link:



ARTICULO 31-A. los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquel en el que se celebraron.

Cuando los contribuyentes presenten la información en forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contando a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada.

Se considerara incumplida la obligación fiscal señalada cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o esta se presente con errores; en relación con las operaciones relevantes que lleven a cabo los contribuyentes a partir del ejercicio 2015.

Nota: la forma oficial 76 no deberá presentarse cuando el mes de que se trate no se realicen las operaciones que en la misma se describen.

Operaciones a reportar

Las operaciones a reportar se clasifican en cinco apartados:

1. Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la LISR.

2. Operaciones de precios de transferencia

3. Reorganización y reestructuras

4. Cambios en la participación en el capital y de residencia fiscal (incluye cambio de socios y enajenación de acciones).

5. Otras operaciones relevantes. En el que contemplan, entre otras, las siguientes operaciones respecto a las cuales es necesario que el SAT detalle en qué consisten.


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